Arquitectos Sin Fronteras - Madrid: Vivienda
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lunes, 5 de marzo de 2012

DERRIBOS EN EL GALLINERO (MADRID)

Primeros derribos en El Gallinero por "ocupación ilegal" del suelo 

Un día triste como hoy procede recordar los siguientes DERECHOS SOBRE VIVIENDA:

El 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó y proclamó la Declaración Universal de Derechos Humanos, que fija:
Artículo 25.
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.

Por otro lado, la Constitución Española dice:
Artículo 47:
“Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en la plusvalías que genere la acción urbanística”.

Por si cabe alguna duda, el articulo 7.1 el ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID otorga:
Artículo 7. 1. Los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid son los establecidos en la Constitución.